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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 303 QUATER Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Río Negro
Artículo 303 QUATER. INTERPOSICION

El recurso se interpondrá por escrito ante el Superior Tribunal de Justicia dentro de los treinta (30) días contados desde que se tuvo conocimiento de la falsedad o el fraude o se obtuviesen los documentos.

En ningún caso se admitirá el recurso pasados cinco (5) años desde la fecha de la sentencia definitiva.

Provincia de Río Negro Artículo 303 QUATER Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...303 BIS 303 TER 303 QUATER 303 QUINQUIES 303 SEXIES ...811

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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